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martes, 21 de octubre de 2008
El mudéjar Patrimonio de la Humanidad
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Comenta el texto
- Qué tipo de texto es (jurídico, historiográfico, literario, religiosos, etc)
Es un texto jurídico porque habla de los derechos y obligaciones de los morárabes.
- Quién es el autor (da una breve biografía)
Alfonso I de Aragón, también llamado "El batallador". Conquistó Zaragoza en 1118 y la convirtió en capital de su reino. Más tarde recuperó Calatayud, Tudela y Tarazona, entre otras ciudades. En 1120 derrotó en la batalla de Cutanda al ejército musulmán que trataba de reconquistar Zaragoza.
- Quiénes son los destinatarios
Los morárabes cristianos, los cuales reciben una serie de privilegios por ocupar esas tierras.
- En qué fecha se sitúa (indica las circunstancias de la época)
El texto se sitúa en 1126, es decir, el siglo XII. Durante este periodo, se repobla toda la zona del Ebro, después de que los reinos cristianos hayan resistido el empuje almorávide
- Explica los términos y frases en rojo
Alfonso: Alfonso I, explicado ya anteriormente
Carta: se refiere a la carta puebla. El objetivo de este manuscrito era asentar en un terreno recientemente conquistado una población para que la ocupación territorial se hiciera efectiva.
Mozárabes: cristianos que vivían bajo la dominación musulmana en España.
Seáis: Se refiere a los mozárabes
Villas: población rural de tamaño intermedio entre una aldea y una ciudad;
No daréis lezda: aquí dice que los mozárabes no tendrán que pagar impuestos.
Ni haréis hueste ni cabalgada ytendréis todos vuestros juicios en vuestra puerta: algunos de los privilegios que reciben los mozárabes.
Maravedís: antigua moneda española
- Indica la estructura del texto
Esta dividida en dos partes. La primera estaría formada por una introduccion para poner en situacion sobre quien lo escribe, a quien, y con que motivo. Y en la segunda estarían los privilegios que van a decibir los morárabes por el motivo que se había mencionado ya anteriormente.
domingo, 19 de octubre de 2008
El Privilegio de los Veinte
a) Haz un esquema de los privilegios que concede su fuero a los zaragozanos
- Derecho de castigar y pignorar en Zaragoza a cualquiera que les haya echo algun daño.
- Derecho de talar y recoger leña en los sotos, salvo en determinados árboles.
- Derecho de pastos en forma muy general
- Derecho de pescar en las aguas del área indicada.
- Derecho de carboneo y recogida de piedras y yeso.
- Derecho de comprar vino y alimentos en tierras del rey.
- Derecho a comparecer en juicio sólo dentro de Zaragoza
- Derecho a que el juicio se realice ante vecinos y ante el justicia nombrado por el rey.
- Derecho a que el contrario no pueda ir representado en juicio por persona poderosa.
- Exención de lezdas y derechos salvo en los puertos que se señalan.
- Imposición de multa al que intente realizar daño, aparte de tener que enmendarlo con la novena parte.
b) En el capitulo 11 de la novela La catedral del Mar se cita un privilegio similar en Barcelona. Indica que características tienen en común ambos privilegios.
Se parece en el derecho a castigar a acualquiera que les haya echo daño por ejemplo. Ya que en el capítulo 11 se habla de que si las autoridades consideran que lo que se denuncia es cierto, entonces se convoca la host bajo el pendón de Sant Jordi y los prohombres de las cofradias sacan sus pendones y los sofrades se reunen a su alrededor para acudir a la batalla.
Comenta el mapa
1º Dale un título
Reconquista y Repoblacion Cristiana
2º Explica cada una de las leyendas, explicando en qué consiste ese sistema de repoblación, en qué época se da, bajo qué circunstancias históricas y qué territorios ocupan.
- Presura: (del S. XIII al X) también llamado Aprisio. Era el nombre que recibía una modalidad de repoblación de la Península Ibérica en la época de la Reconquista, basada en el Derecho Romano. Se llamaba así puesto que se entregaban las tierras al primero que las roturase, otorgando a continuación el rey un documento de propiedad.
- Repoblación concejil: (del S. XI al XIII) este método consistía en crear lo que hoy denominamos Ayuntamientos, el terreno no se reparte a familias sino a Concejos. Éstos terrenos podían ser usados por las personas que permanecieran viviendo en ese Ayuntamiento un periodo de tiempo mínimo, pudiéndose beneficiar de los productos que de ellos se obtuviesen
- Órdenes Militares: hasta el S.XIII (Valle de Guadiana, Teruel y Castellón). En estas zonas se entregaban los terrenos a Órdenes Militares, y creaban una encomienda.Los terrenos eran usados sobretodo para ganado, ponían en producción amplias extensiones de tierra, que aunque estaban poco pobladas, eran gestionadas por pocos Comendadores
- Repartimientos: 2º mitad del S. XIII (Valle del Guadalquivir, Levante y Murcia). En este modo de repoblación se entregaron grandes extensiones a militares por méritos, éstos se quedaban en los terrenos que reconquistaron, les concedían los terrenos y todo lo que en ellos se encontraba, incluyendo los pueblos, creando así grandes propiedades privadas, Latifundismos
lunes, 13 de octubre de 2008
Ejercicios sobre al-andalus

lunes, 6 de octubre de 2008
La Hispania Romana
- Municipium
- Una división de rango menor a la provincia
- La colonia tenía una fundación ceremonial como la de Roma y sus habitantes eran ciudadanos romanos
- Una crisis y una progresiva ruralización en todo el imperio
- Porque sirven para consolidar la penetración romana
- Era la plaza principal de una población donde estaban sus edificios más importantes
- Las termas siempre son edificios públicos
- Decuriones
- Su politeísmo
2. Di a qué provincias romanas perteneció Cesaraugusta a lo largo de todo el periodo romano
Llegaba hasta Alcalá de Henares (Madrid) en el interior, Oyarzun (Guipúzcoa) y Pamplona por el norte, Tricio (La Rioja) por el oeste y Lérida por el este.
3. Indica quienes fueron los bagaudas y en qué siglo se ubican
4. Di qué jefe godo conquistó Cesaraugusta y en qué año
Fue conquistada en 472 por el conde godo Gauterico.
5. Busca en la web y publica el epigrama de Marcial más hardcore que encuentres.
V
¡No estás en casa!
Que me muera, Deciano, si no me gustaría estar contigo los días enteros y las
noches enteras. Pero son dos mil pasos los que nos separan, que se convierten en
cuatro mil, con la ida y la vuelta. Muchas veces no estás en casa, y otras muchas,
aunque estás, lo niegas. A menudo no tienes tiempo más que para tus pleitos o para ti
mismo. A pesar de todo, no me importa andar dos mil pasos para verte; me importa
andar cuatro mil para no verte.

